Validan venta de tierras a extranjeros

 La Corte Suprema dejó sin efecto un fallo que frenaba la derogación de la Ley de Tierras. El tribunal cuestionó la legitimación de la entidad demandante y rearmó la vigencia del DNU 70/2023.
Argentina30 de septiembre de 2026 Redacción EnSanJuan

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia dictada por la Cámara Federal de La Plata y dejó formalmente plenamente vigente el artículo 154 del DNU 70/2023, la medida del Poder Ejecutivo que deroga la Ley de Tierras (Ley 26.737). El fallo del máximo tribunal desestimó la acción judicial impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), la cual mantenía suspendidos los efectos del decreto y reponía provisoriamente los topes legales a la propiedad rural en manos de personas o corporaciones extranjeras.

Con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte concluyó que la agrupación demandante carecía de legitimación procesal para reclamar en nombre de un derecho de incidencia colectiva. Los jueces precisaron que la defensa de la soberanía nacional no constituye un bien colectivo tutelable mediante una acción colectiva de este tipo, enfatizando además que la resolución adoptada se limita a un aspecto estrictamente técnico-procesal sin expedirse sobre la validez constitucional de fondo del decreto presidencial.

Claves:

  • La resolución judicial remueve las restricciones impuestas por la Ley 26.737, que limitaba la titulación de campos al 15% del territorio por jurisdicción para titulares extranjeros. La vigencia del artículo 154 habilita nuevamente la adquisición sin topes ni cupos geográficos en el país.

  • El tribunal reprochó a las instancias inferiores la concesión de recursos cautelares a entidades sin personería apta para litigar. La decisión otorga luz verde al Gobierno en materia de desregulación inmobiliaria tras los reveses legislativos sufridos en el Congreso.

El fallo abre la puerta para que el mercado inmobiliario rural retome las operaciones con inversores internacionales bajo el marco normativo desregulado. Diversas organizaciones sociales y bloques opositores repudiaron la medida y anticiparon que impulsarán nuevas acciones de inconstitucionalidad por vías alternativas.

FUENTES: Infobae, La Nación, El País, Página/12, Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)